jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº1968

Nacionales | 19 ago 2020

Habilitaron la práctica de deportes individuales y cada provincia decidirá cuándo comienzan

El Gobierno nacional lo oficializó este lunes y estableció una guía de recomendaciones con pautas vinculadas a la distancia social.


La habilitación para practicar deportes individuales en todo el país quedó oficializada este martes en una resolución del Gobierno Nacional, y ahora cada una de las provincias deberán decidir cuándo da el visto bueno para el comienzo de esas actividades en sus territorios, mientras que el Ejecutivo nacional también estableció una guía de recomendaciones con pautas vinculadas a la distancia social, la higiene de los espacios donde se desarrollen los entrenamientos, y la modalidad de turnos, para evitar la propagación del coronavirus.

A través de la Decisión Administrativa 1518/2020, en el marco de las medidas de Distanciamiento Social y Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, el Poder Ejecutivo incorporó dentro de los protocolos autorizados el correspondiente para el desarrollo de deportes individuales, “incluyendo su práctica en clubes e instituciones públicas y privadas y polideportivos”.

Los deportes individuales habilitados “con fines recreativos” son: actividades de nieve; deportes acuáticos; andinismo; atletismo; bádminton; canotaje; ciclismo (circuito fijo y BMX); ecuestre; gimnasia; golf; natación; paddle single; pentathlón; pesas; remo; skateboarding; surf; tenis de mesa single; tenis single; tiro; triatlón y yatching.

El permiso rige para la Ciudad de Buenos Aires y el resto de las provincias, cuyas administraciones deberán adoptar la decisión final para la vuelta efectiva de cada actividad en los respectivos distritos.

Desde el Gobierno bonaerense indicaron a DIB que las actividades deportivas se irán habilitando en la provincia de Buenos Aires a medida que cada uno de los municipios vaya presentando los protocolos correspondientes.

Ayer, el jefe de Gabinete de la provincia de Buenos Aires, Carlos Bianco, había dicho en conferencia de prensa que “todavía estamos esperando la definición de cuáles serán los deportes que habilitará Nación en cada jurisdicción y, en base a eso, definiremos qué cosa sí y qué cosa no”, remarcó.

“A los que los practiquen, les pido que no tengan un tercer tiempo de encuentro social porque ahí el riesgo es grande”, había advertido el presidente Alberto Fernández la semana pasada en conferencia de prensa desde la Quinta de Olivos, cuando adelantó que se habilitarían los deportes individuales.

Por su parte, Horacio Rodríguez Larreta había remarcado que “si se mantienen los cuidados necesarios, el riesgo de contagio es bajo”, por lo que en los lugares donde se practique, “solamente van a estar habilitadas las zonas para hacer el deporte: ni las confiterías, ni vestuarios, ni lugares comunes”.

En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de coronavirus.

Las recomendaciones

En el Boletín Oficial se publicó este miércoles el anexo titulado “COVID-19, Recomendaciones para la vuelta a las actividades deportivas individuales en contexto de pandemia”, en el que se sugiere “enfáticamente” que las prácticas se desarrollen “en espacios abiertos al aire libre y en todo momento se evite el contacto con otros deportistas, antes, durante y tras la realización de los mismos”.

Entre los principios básicos del documento se resaltó el objetivo de preservar la salud y el bienestar de “deportistas y sus familiares, entrenadores, profesores, trabajadores de las instituciones deportivas y la comunidad en su conjunto”.

“Toda actividad que aumente la movilidad, el desplazamiento y la mayor interacción de personas producirá un incremento en el número de casos, es por ello que debe procurarse y asegurarse el estricto cumplimiento de las recomendaciones con la finalidad de minimizar el riesgo”, advirtió el Gobierno.

Se recomendó la asistencia a las prácticas en vehículos particulares, en lo posible de manera individual, “con excepción de las personas que realicen deportes que requieren la presencia de un segundo deportista”; que quienes concurran estén en buen estado de salud y asistan “sin presentar ningún síntoma compatible con COVID-19″; que no haya “presencia de espectadores en la práctica deportiva”; y que no se utilicen vestuarios y otros espacios cerrados, con excepción de los baños públicos, los cuales tras su uso deben ser ventilados, limpiados y desinfectados.

En caso de requerirse la utilización de espacios cerrados para la práctica deportiva, se debe garantizar la adecuada ventilación y recambio de aire durante y posterior a su utilización.

Si bien durante la actividad está exceptuado el uso de barbijo o tapaboca, “en todo momento es fundamental asegurar el adecuado distanciamiento” para la realización de deportes individuales que puede reunir a otros deportistas en espacio abierto. “Las medidas seguras para un adecuado distanciamiento deportivo son de: 6 metros durante la práctica del deporte, cuando la actividad deportiva hace que el individuo se encuentre hiperventilando; 4 metros durante los momentos de recuperación y al finalizar la actividad hasta que se recupere un ritmo respiratorio habitual; al menos 2 metros en actividades sin desplazamiento y que no producen hiperventilación”. (DIB)

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